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Diálogo Indígena Misionero de la Coordinación Nacional de Pastoral Indígena (CONAPI), CEP, Noviembre 2016, N° 73, Año XXIV, p. 34-38. Asunción - Paraguay.

Versión en francés : Du Capital… Réponse à Hernando de Soto.

2015

Sobre el Capital… Respuesta a Hernando de Soto

Dominique Temple - Traducción Jorge Zumaran | Enero de 2016

Aristóteles diferencia dos concepciones de Capital.

El primer sentido de capital

Según la primera concepción, el capital es acumulado en la economía doméstica, por el jefe de familia, para el consumo de sus miembros. Y de igual manera, en la economía política, es acumulado para la redistribución entre todos los ciudadanos ; su símbolo casi universal es ¡el granero !, que da lugar a las pirámides de América, de Egipto, de Mesopotamia…

Esta primera definición de capital se aplica a la redistribución y al mercado de reciprocidad.

La redistribución, es la reciprocidad ternaria centralizada. Ella genera el sentimiento de responsabilidad y el sentimiento de justicia solamente para el centro, que ocupa una posición intermediaria entre los otros ; de igual manera, un sentimiento de confianza y de gratitud de todos respecto a este intermediario común y, entre ellos, un sentimiento de solidaridad. En la Antigüedad, solamente el pater familias podía retirar del hogar una parte del capital, y el príncipe una parte del tesoro de la ciudad para enajenarla en un intercambio no convencional en caso de necesidad (como procurarse mercenarios para la guerra). Pero esta privatización parcial de la propiedad era la exclusividad del poder absoluto atribuido al estatus del príncipe o del pater familias.

El capital permanece inalienable entre las generaciones unidas por una estructura de reciprocidad : la estructura ternaria simple (la filiación). Por lo tanto, el capital se acumula de generación en generación porque cada una desea honrar a aquella de la cual recibe ; y legar a la siguiente un patrimonio superior al que ha recibido, una herencia más productiva que la anterior.

En el mercado de reciprocidad, donde se impone la reciprocidad generalizada, cada uno es responsable individualmente de la libertad de todos. La propiedad es entonces individual, familiar o profesional. El capital es propiedad inalienable porque solo puede ser invertido para aumentar los beneficios cuya repartición o intercambio responde a las obligaciones estatutarias de cada uno. El capital es patrimonial.

El segundo sentido de capital

Aristóteles toma un ejemplo para subrayar la singularidad del segundo sentido del capital. En las comunidades que están muy alejadas unas de otras, las equivalencias de reciprocidad no son las mismas, y si los productores no tienen conocimiento de esas diferencias los intermediarios son libres de especular. La moneda se acumula en su bolsillo sin ser repartida entre los productores. El capital deviene entonces simplemente capital de acumulación.

Este valor especulativo es propiedad exclusiva del comerciante que se libera de todo lazo de reciprocidad ternaria, y esto cambia la definición de propiedad. La propiedad - que hacía uno, y de manera inalienable, con el productor de bienes o de servicios - adquiere con el carácter virtual de esta moneda un nuevo estatus. Deviene propiedad privada y alienable fuera de toda norma social : es el ámbito del valor de cambio.

La crematística (la acumulación primitiva) tiene de aquí en adelante, dice Aristóteles, dos sentidos contradictorios, distintos por su finalidad : el capital de redistribución y el capital de especulación. La acumulación en el primer sentido no está exenta de límites pues tiene por objeto la satisfacción de las necesidades de la comunidad, mientras que en su segundo sentido no tiene límites. ¿Para qué puede servir una acumulación sin límites ? Parece que a nada, porque no representa ningún valor ético, sino solamente una diferencia de precio, a menos que pueda servir de antemano para una producción posterior.

La acumulación primitiva no tiene otra razón de ser que la de movilizar y facilitar los intercambios de la cual procede su propia existencia, al menos hasta el momento en que la privatización de la propiedad absorbe los medios de producción mismos y permite apropiarse del mismo aparato de producción. De esto resulta con toda naturalidad que el más fuerte se apropia de los medios de existencia o de producción del más débil y fuerza a éste a la alienación de su fuerza de trabajo, la cual deviene un medio de multiplicar la producción del valor de cambio. El valor del trabajo social es entonces exprimido y transformado en valor de cambio, esto hasta la desaparición del trabajador mismo que es reemplazado por el trabajo muerto de las máquinas.

Siempre y cuando quede una diferencia de precio entre las máquinas, el valor de cambio sigue siendo el motor de la producción económica. La privatización de la propiedad es la condición sine qua non de la acumulación sin límites del valor de cambio y de su poder económico. Y la condición previa para la acumulación capitalista es la existencia de una Constitución que instaure la privatización de la propiedad como fundamento del derecho (burgués).

El capital olvidado

Hoy día millones de habitantes del Tercer mundo viven al margen de la sociedad capitalista porque entienden la propiedad y el capital en el premier sentido de Aristóteles, es decir inalienables, mientras que el derecho occidental tiene la intención de imponerles su definición mediante su privatización. ¿Qué exigen ellos : beneficiarse del poder que les permitiría expropiar a sus hermanos o beneficiarse de los progresos de la ciencia confiscados por el capitalismo ? ¿Y qué rechazan cuando rechazan toda integración : ser víctimas de la expropiación o perder sus convenciones locales informales, que Hernando de Soto llama “la ley del pueblo” [1] es decir sus relaciones sociales de reciprocidad, por más arcaicas que sean ?

La contradicción entre las dos concepciones del capital es patente. Dos derechos a la propiedad se enfrentan, uno formal basada en la privatización, otro informal fundada sobre la inalienabilidad de lo que es atribuido por el grupo social a cada uno para ejercer su actividad. Uno corresponde al segundo sentido de la crematística : la acumulación sin límites del poder económico. El otro al primer sentido : la acumulación ordenada con el consumo de la comunidad.

Hernando de Soto escribe :

“La gente tiende a considerar que el “contrato social” es una abstracción invisible, con atributos divinos, que sólo reside en las mentes de visionarios como Locke, Hume y Rousseau. Pero mis colegas y yo hemos descubierto que los contratos sociales del sector extralegal no sólo constituyen obligaciones sociales implícitas que es posible inferir a partir de la conducta social ; también son acuerdos explícitamente documentados por parte de personas reales. Por lo tanto, estos contratos sociales extralegales pueden hasta ser tocados y también reunidos para construir un sistema de propiedad y de formación de capital susceptible de ser reconocido e impuesto por la propia sociedad” [2].

Pero, ¿de qué régimen de propiedad y de qué capital la sociedad debe ser el garante ?

Hernando de Soto responde :

“La historia peruana ofrece una lección importante a los reformadores de todo tinte político. Los programas gubernamentales para hacer propietarios a los pobres ya tienen 150 años de fracasos, tanto en su versión de derecha (derechos a la propiedad privada mediante leyes preceptivas) como en su versión de izquierda (proteger la tierra de los pobres en colectivos manejados por el gobierno). Las inconducentes agendas políticas de tipo “izquierda vs. derecha” tienen muy poca relevancia para las necesidades de los pobres en los países en vías de desarrollo. Esta gente no se mandó mudar de la ley porque ella los hubiera privatizado o colectivizado sino simplemente porque ella no contemplaba sus necesidades, las cuales pueden ser muy variadas. A veces se requiere combinar las propiedades y a veces dividirlas. Si la ley no los ayuda, se van a ayudar por su cuenta, fuera de la ley. Lo que caracteriza a los enemigos de la propiedad y de la formación de capital en los países en vías de desarrollo y en los que salen del comunismo no es ser izquierdistas o derechistas sino su dificultad para cuestionar el statu quo. Los gobiernos de los países en vías de desarrollo necesitan dejar de vivir de los prejuicios de los occidentales, que siguen obsesionados por el trauma de la discriminatoria y oligárquica demarcación de la propiedad en Gran Bretaña (los llamados enclosures) siglos atrás o por el sangriento despojo de los indígenas de América. Estas deudas mortales son reales, pero deben ser pagadas en Occidente, no fuera de él. Los gobiernos de otras partes tienen que escuchar el ladrido de los perros en sus propios países y de ese modo descubrir qué deben decir sus leyes. Sólo entonces dejará la gente de vivir fuera de ellas.” (Ibidem)

Es, descubriendo esa “ley del pueblo” y las convenciones sociales que nacen entre ellos, que se puede erigir un derecho que devuelva la propiedad a todos.

Y precisa que :

“Quienes manejan los derechos de propiedad de los países avanzados tienen inquietudes radicalmente diferentes. Les preocupan sobre todo asuntos relacionados con los derechos de propiedad. Pero mi inquietud primordial no eran los derechos de propiedad per se sino los “metaderechos” : el acceso o el derecho a los derechos de propiedad”. (Ibidem).

El metaderecho significa que el derecho de propiedad no pueda ser violado por la privatización. Eso es lo que llamamos la inalienabilidad de la propiedad. Y lo que lo garantiza, es el respeto de las convenciones sociales sobre las cuales está fundado.

“La noción de que las leyes son exitosas cuando se apoyan en contratos sociales se remonta a Platón, para quien la legitimidad debía estar fundada sobre algún tipo de contrato social. Hasta Inmanuel Kant, en sus pronunciamientos contra John Locke, escribió que la verdadera condición de dueño debe venir precedida de un contrato social ; todo derecho de propiedad surge del reconocimiento social de la legitimidad de un reclamo. Un derecho no necesariamente tiene que haber sido definido por la normativa formal para ser legítimo ; basta que un grupo de personas apoye con fuerza un determinado acuerdo para que éste sea sostenido como derecho y defendido contra la ley formal”. (Ibidem)

Derecho formal y derecho informal vienen aquí a cubrir relaciones sociales antagonistas pues las enclosures (la privatización de la propiedad) o la violencia se oponen a las convenciones sociales espontáneas de la sociedad humana.

Capital de distribución o capital de acumulación, propiedad inalienable o propiedad privada, derecho informal o derecho formal : desde los comienzos y no solamente desde Platón, la sociedad está enfrentada a la contradicción entre el poder de unos cuantos y la libertad de todos. Es por la privatización de la propiedad por la que está reconocido ya en la Biblia el poder de dominación de unos sobre otros : “Reconoce en mí el poder de dominación y todo lo que tú ves te pertenecerá”. Y es por la reciprocidad de alianza por la que se reconoce la libertad creadora.

Para los capitalistas, es decisivo hacer que la propiedad no pueda ser reivindicada sino bajo la forma de propiedad privada, y es indispensable que el capital no sea reconocido sino bajo la forma de capital de acumulación, el valor bajo la forma de valor de cambio, el beneficio bajo la forma de ganancia, el consumo bajo la forma de consumo productivo, la producción bajo la forma de rentabilidad del capital, y las relaciones humanas bajo la forma de relaciones de fuerza (militares o monetarias).

Pero, hoy día, el capitalismo excede sus límites. La Tierra misma (la naturaleza) denuncia su desmesura como un desafío insensato a la creación que ella había confiado a Adán.

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Publicado en : Diálogo Indígena Misionero de la Coordinación Nacional de Pastoral Indígena (CONAPI). CEP, Noviembre 2016, N° 73, Año XXIV, p. 34-38. Asunción - Paraguay.

Versión en francés : Du Capital… Réponse à Hernando de Soto.

Superior


Notas

[1] “Ley del pueblo”, expresión utilizada por un ministro indonesio en respuesta a un comentario de Hernando de Soto. Al comentar esta respuesta, Hernando de Soto pone la expresión entre comillas.

[2] Hernando de Soto, El misterio del capital : ¿Por qué el capitalismo triunfa en occidente y fracasa en el resto del mundo ?, Ed. Planeta, 2004, Bogotá.